El Servicio Nacional del Sistema de Reparto informó que realizará el pago de reintegros del Incremento Anual Inversamente Proporcional 2026 para hijos de rentistas fallecidos, hijos de viudas(os) y ex beneficiarios de renta de orfandad.
15/04/2026 10:15
Escuchar esta nota
El Servicio Nacional del Sistema de Reparto anunció que realizará el pago de reintegros correspondientes al Incremento Anual Inversamente Proporcional de la gestión 2026.
Este beneficio estará dirigido a personas que tuvieron relación con rentistas o derechohabientes fallecidos, así como a ex beneficiarios de renta de orfandad que dejaron de percibir el pago por haber cumplido la mayoría de edad.
¿Quiénes podrán acceder?
Podrán solicitar este reintegro:
Hijos de rentistas fallecidos que no tengan derechohabientes en curso de pago
Hijos de viudas o viudos fallecidos
Ex beneficiarios de renta de orfandad cuya renta fue suspendida por haber cumplido 19 años
El beneficio aplicará únicamente para casos ocurridos entre el 16 de enero y el 15 de marzo de 2026.
¿En qué casos corresponde el pago?
Según informó el Senasir, el reintegro se podrá solicitar en los siguientes casos:
Cuando el titular de la renta falleció entre el 16 de enero y el 15 de marzo de 2026 y no existen derechohabientes que estén recibiendo pagos
Cuando la viuda o el viudo derechohabiente falleció dentro de ese mismo periodo
Cuando un beneficiario de renta de orfandad dejó de recibir el pago por mayoría de edad en esas fechas
¿Hasta cuándo se puede presentar la solicitud?
Las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de junio de 2026.
Posteriormente, los reintegros serán procesados mediante una planilla adicional durante julio y el pago se realizará a partir de agosto de 2026.
Para muchas familias, este pago representa un alivio económico importante, por lo que la recomendación es reunir la documentación necesaria y realizar el trámite antes de la fecha límite.
Mira la programación en Red Uno Play
09:30
12:00
12:25
14:00
15:00
16:30
09:30
12:00
12:25
14:00
15:00
16:30
