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Según el Ministerio de Hidrocarburos, el 50% del ingreso por combustibles beneficia a regiones y universidades

Con la vigencia de esta norma, se fortalecen los ingresos de alcaldías y gobernaciones, puesto que una parte de los recursos que se generan en las estaciones de servicio se transfiere directamente a los gobiernos subnacionales y a las universidades. 

22/12/2025 18:28

Foto: Ajuste de precio de combustibles beneficia a municipios, gobernaciones (APG)
La Paz

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El ajuste a los precios de los combustibles, establecido mediante el Decreto Supremo 5503, genera beneficios directos para los gobiernos subnacionales y las universidades públicas, al disponer que el 50% de los ingresos adicionales por la venta de hidrocarburos sea distribuido entre municipios, gobernaciones y el sistema universitario, señala un comunicado del Ministerio de Hidrocarburos.

Con la vigencia de esta norma, se fortalecen los ingresos de alcaldías y gobernaciones, puesto que una parte de los recursos que se generan en las estaciones de servicio se transfiere directamente a los gobiernos subnacionales y a las universidades, contribuyendo a una distribución más equitativa de los recursos del Estado.

“Tal como anunció el presidente Rodrigo Paz, y a diferencia de gestiones pasadas, el Gobierno nacional definió que el incremento de los ingresos por la comercialización de combustibles se distribuya de manera equilibrada: 50% para el nivel central del Estado y 50% para los gobiernos subnacionales”, explicó el ministro de Hidrocarburos y Energías, Mauricio Medinaceli.

Asimismo, el incremento del precio en la boca de pozo, es decir, en el punto donde se extrae el petróleo o gas del yacimiento, genera mayores ingresos para el Estado y aumenta las regalías para las regiones productoras de hidrocarburos.

La Ley de Hidrocarburos N.º 3058 establece una regalía departamental del 11%, destinada a los departamentos productores; una regalía nacional compensatoria del 1%, que se distribuye a los departamentos de Beni y Pando; y una participación del Tesoro General de la Nación (TGN) del 6% sobre la producción fiscalizada. Además, la norma creó el Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) del 32%, que se aplica sobre la producción en el punto de fiscalización, conocido como boca de pozo o su equivalente.

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