PUBLICIDAD

“¡Se defendió legalmente!”: Niña de 10 años logra anular una orden que la obligaba a ver a su padre

La Corte Constitucional de Colombia anuló una decisión judicial que obligaba a la menor a ver a su padre ausente. El caso T-350 de 2025 marca un antes y un después en la protección de los derechos de los niños.

23/10/2025 8:58

“¡Se defendió legalmente!”: Niña de 10 años logró anular una orden que la obligaba a ver a su padre. Foto: Pixabay
Colombia

Escuchar esta nota

Una niña de solo 10 años, llamada Luciana, enfrentó sola al sistema judicial colombiano y logró lo que parecía imposible, revertir una decisión de tres jueces de la República, incluido uno de familia, que la obligaban a mantener contacto con su padre biológico, un hombre que la había abandonado desde que tenía tres años.

El caso, identificado como Sentencia T-350 de 2025, se convirtió en un símbolo de la defensa de los derechos de los niños en Colombia. Todo comenzó cuando el juez de familia aceptó una conciliación que otorgaba visitas al padre, ignorando los informes psicológicos que advertían sobre la ansiedad, el miedo y el rechazo emocional que sufría la menor.

Luciana, cansada de no ser escuchada, aprendió en la escuela sobre la figura de la acción de tutela —un mecanismo para proteger los derechos fundamentales— y decidió escribir a mano su propia tutela, pidiendo ayuda directamente a la Corte Constitucional. Su valentía hizo “temblar” al sistema.

Según la Corte, el juez incurrió en dos graves errores:

- Defecto fáctico: al tomar una decisión sin valorar las pruebas clave, como los informes psicológicos que demostraban el daño emocional de la niña.

- Defecto sustantivo: al ignorar las normas que protegen a los menores, incluyendo el mandato constitucional de escuchar la voz de los niños y priorizar su bienestar por encima de cualquier otro interés.

Una historia de abandono

Desde 2018, el padre de Luciana, identificado como Julio, había desaparecido de su vida. Solo pagaba la pensión alimenticia, pero no cumplía las visitas y la dejaba esperando en su cumpleaños. Esa ausencia generó un profundo vacío afectivo y problemas de sueño y conducta. Cuando años después decidió demandar un régimen de visitas, Luciana ya no lo reconocía como figura paterna y manifestó su deseo de no verlo. Aun así, los jueces le dieron la razón a él.

La Corte Constitucional anuló todas las decisiones previas y ordenó reiniciar el proceso escuchando directamente a Luciana. Además, instruyó al ICBF, la Procuraduría y los jueces de familia a tomar decisiones centradas en la voz y bienestar del menor, no en la formalidad de los procesos adultos.

En un gesto inédito, la Corte respondió a Luciana con una carta escrita en lenguaje infantil, reconociendo su valentía y recordando que los niños también tienen derecho a ser oídos y respetados.

La sentencia T-350 de 2025 no solo representa un triunfo para Luciana, sino también un llamado de atención a jueces, comisarios y defensores de familia que ignoran las emociones y opiniones de los niños.

“Los niños no son objetos de decisiones judiciales, son sujetos de derechos”, remarcó la Corte.

Mira el video:

 

Mira la programación en Red Uno Play

PUBLICIDAD
Comentarios
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

12:25

Notivisión

14:00

Kuma

15:00

Último nivel

16:30

El chavo

17:00

Dueños de la tarde

18:55

Notivisión

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD