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CIDH declara al Estado boliviano responsable por violación de los derechos de víctima de abuso sexual

Denunció violación en Bolivia, pues en su adolescencia fue víctima de su primo, pero la Justicia no le creyó y decidió llevar su caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (DDHH)

19/01/2023 13:06

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Este jueves, 19 de enero, y después de 20 años de la violación y torturas de las que fue víctima y un largo peregrinar en demanda de justicia, Brisa de Angulo Losada escuchó el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), en el proceso que presentó contra el Estado boliviano.

La Corte IDH dicto sentencia y halló responsable internacionalmente al Estado de Bolivia por la violación de los derechos humanos de Brisa, víctima de violencia sexual que ha sufrido la revictimización en el proceso judicial respectivo.  La decisión se conoció mediante una sentencia del organismo que fue notificada.

La demanda internacional que Brisa presentó contra el Estado boliviano se da porque tras ser víctima de violación, el sistema judicial boliviano en vez de ayudarla, la revictimizó. “Busqué ayuda, pedí auxilio, pero a todos los lugares que fui como la Policía, la Fiscalía, los jueces y médicos forenses me echaban la culpa o me decían que me merecía lo que me había sucedido” señaló. Como no obtuvo justicia en Bolivia, acudió a la Corte-IDH.

Este caso se constituye en uno paradigmático respecto a los derechos humanos de Bolivia, porque marca los estándares con que se deben tratar los casos de violación y evitar la revictimización.

De acuerdo a la denuncia, Brisa fue violada y torturada repetidamente por su primo de 26 años de edad, entre los años 2001 y 2002, en Cochabamba, buscó justicia y el apoyo del Estado boliviano, pero no fue escuchada.

En un primer juicio, se condenó al autor por el delito de estupro, no obstante, esa sentencia fue anulada y se dispuso otro juicio en el que el acusado no se presentó, dado que se encontraba en Colombia. En 2002 fue capturado en ese país para su extradición, pero lo dejaron en libertad porque el delito prescribió según la norma colombiana.

La corte internacional consideró que en este caso la víctima tuvo una experiencia traumática durante el primer examen ginecológico forense, lo cual se realizó de manera incompatible con los requerimientos de una debida diligencia estricta. Además, el Tribunal manifestó que la joven se vio obligada a relatar en distintas ocasiones los hechos relacionados con la violencia sexual de la que fue víctima.

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