El texto, de 664 artículos en 351 páginas, contiene una amplia reforma electoral, cambios impositivos, modificaciones en el Código Penal y en materia de educación, entre otras medidas.
27/12/2023 19:30
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La tarde de este miércoles, 27 de diciembre, el presidente de Argentina, Javier Milei, envió a la Cámara de Diputados una “ley ómnibus” -o proyecto con muchas leyes-. Se trata del proyecto de "Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos", en la que pide al Congreso declarar la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025, la cual podrá ser prorrogada por el Poder Ejecutivo nacional por el plazo máximo de dos años.
El texto, de 664 artículos desplegados a lo largo de 351 páginas, contiene una amplia reforma electoral, cambios impositivos, un blanqueo y más límites a las manifestaciones, entre otras iniciativas que no fueron parte del “decreto de necesidad y urgencia” (DNU) porque las temáticas deben pasar por el Parlamento. Además, se suspende la aplicación de la fórmula para actualizar los haberes y se habilita a imponer sanciones a la protesta, entre otras medidas.
También prevé la derogación de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), y la implementación de la boleta única de papel, el traspaso de la Justicia Nacional a la Ciudad de Buenos Aires, declara la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2025 y habilita al Ejecutivo a privatizar las empresas estatales.
Asimismo, modifica la Oficina Anticorrupción, la composición de la Cámara de Diputados e introduce cambios en el financiamiento de los partidos políticos.
En su primer artículo, el proyecto de ley ómnibus establece que su objeto es "promover la iniciativa privada, así como el desarrollo de la industria y del comercio, mediante un régimen jurídico que asegure los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación y limite toda intervención estatal que no sea la necesaria para velar por los derechos constitucionales", reporta Perfil.com.
Otro de los puntos sostiene que el Poder Legislativo le delega facultades al Ejecutivo hasta fines de 2025, con la posibilidad de prorrogarlo dos años más. "La presente ley contiene delegaciones legislativas al Poder Ejecutivo nacional de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social, con especificación de las bases que habilitan cada materia comprendida y con vigencia durante el plazo específicamente previsto", reza en ese mismo artículo.
Es decir que si se aprueban las emergencias, Milei tendrá las facultades de legislar, algo que la Constitución Nacional prohíbe expresamente en el artículo 76, que dice: "Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca".
En la práctica, si esta norma se aprobara, Milei tendría durante sus cuatro años de gobierno la potestad de decidir sobre todos estos temas sobre los que hoy solo puede legislar el Parlamento.
En otras palabras, tendría en sus manos el poder tanto del Ejecutivo como del Legislativo, una propuesta controvertida que, en la práctica, tiene pocas posibilidades de ser aprobada por los legisladores del oficialista La Libertad Avanza, que son minoría, según apuntan muchos analistas, afirma la BBC.
Modificaciones al Código Penal
El proyecto modifica el Código Penal de la Nación para incorporar nuevos controles a las manifestaciones callejeras, así como agravar las penas por los cortes de calle; en especial para los organizadores. Al respecto, en su artículo 326, el megaproyecto establece penas para aquellas personas que sin "crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de uno (1) a tres (3) años y seis (6) meses".
"Si se impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o medios de transporte público portando un arma propia, impropia, se causare daño a la integridad física de las personas, la pena será de dos (2) a cuatro (4) años de prisión, siempre que no constituyere un delito más severamente penado".
"Quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe", se lee en el documento.
Mientras el Congreso debate la “ley ómnibus” en sesiones extraordinarias convocadas por Milei hasta el 31 de enero, habrá que esperar hasta las sesiones ordinarias, a partir de marzo, para saber cómo se expide sobre el “megadecreto”, que entrará en vigencia el 29 de diciembre, si no es frenado antes por la Justicia.
Lee la ley aquí:
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