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Diputado Astorga sugiere declarar estado de excepción para restablecer el orden

El pedido del legislador busca garantizar la tranquilidad en el país, el abastecimiento de combustibles, alimentos y también que se garantice la realización de las elecciones generales del 17 de agosto. 

05/06/2025 13:00

Foto: Beto Astorga, diputado CC
La Paz

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El diputado Beto Astorga (CC), sugiere al Órgano Ejecutivo declarar el estado de excepción, normado por la Constitución Política del Estado, considerando que los bloqueos evistas, están provocando desabastecimiento de combustibles y alimentos, y la policía esta siendo rebasada por los bloqueadores, por lo que se debe considerar la presencia militar.

El pedido del legislador busca garantizar la tranquilidad en el país, el abastecimiento de combustibles, alimentos y también que se garantice la realización de las elecciones generales del 17 de agosto, que pueden verse comprometidas por los conflictos impulsados por Evo Morales.

“Observamos un gobierno que lamentablemente está siendo rebasado y con el estado de excepción y la predisposición de la Asamblea Legislativa, es una opción, para otorgar paz al país, a dos meses de la elección general no puede haber este tipo de conflictos”, dijo Astorga a la Red Uno.   

El legislador considera que debe haber mayor énfasis de intervención en el departamento de Cochabamba, zona del Chapare, desde donde el Evismo comanda los bloqueos y buscan generar convulsión social para forzar la candidatura de Evo, pese a que no tienen partido político.

Finalmente, dijo que La Paz declara enemigo a Evo Morales, acusándolo de haber instruido a sus dirigentes cercar a la sede de gobierno, impidiendo el ingreso de alimentos, por tanto, debería ejecutarse la aprehensión del ex presidente.  

El artículo 137 de la Constitución Política del Estado establece que: En caso de peligro para la seguridad del Estado, amenaza externa, conmoción interna o desastre natural, la Presidenta o el Presidente del Estado tendrá la potestad de declarar el estado de excepción, en todo o en la parte del territorio donde fuera necesario. La declaración del estado de excepción no podrá en ningún caso suspender las garantías de los derechos, ni los derechos fundamentales, el derecho al debido proceso, el derecho a la información y los derechos de las personas privadas de libertad.

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