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Incremento de renta para jubilados tendrá dos modalidades de reparto, conozca cuáles son

El ministro de Economía, confirmó que este aumento se aplicará a partir de junio, con retroactivo al mes de enero. 

05/06/2024 20:56

El decreto dispone un incremento de 2,72% a las rentas del Sistema de Reparto. Foto: Internet.
Bolivia

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El Gobierno aprobó un incremento de 2,72% a la renta del Sistema de Reparto en función a la variación anual de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV). Este incremento tendrá dos modalidades de reparto. Este incremento de la renta para los jubilados del Sistema de Reparto tiene dos modalidades: una de Inversamente Proporcional que irá a un 60% de la masa de pagos a los rentistas del Sistema de Reparto y un 40% será fijo (es decir por persona).

Por ejemplo, en el caso de que un jubilado perciba una renta en el límite inferior de Bs 3.714 recibirá un incremento de Bs 67 por el Inversamente Proporcional (IP) y Bs 39,98 por el incremento fijo. Por tanto, el ajuste total será de Bs 107 de manera mensual.

En cambio, quienes se aproximen al límite superior y reciban rentas de Bs 7.974, solo percibirán el incremento fijo de Bs 39,88.  

El Gobierno aprobó el decreto supremo 5169, este miércoles, que dispone un incremento de 2,72% a las rentas del Sistema de Reparto en función a la variación anual de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV).

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, explicó que la variación anual de la UFV fue de 2,72%, observada entre el 31 de diciembre de 2023 respecto al 31 de diciembre de 2022. “Esta variación se aplicará a toda la planilla de las rentas del Sistema de Reparto, en la modalidad que establece la norma”, señaló.

“La planilla mensual del Sistema de Reparto que asume el Tesoro General de la Nación (TGN), a diciembre de 2023, es de Bs 276,3 millones y el incremento en base a este 2,72% es de Bs 7,5 millones, por tanto, ahora ya la planilla que vamos a tener a diciembre de 2024 va a ser de Bs 283,8 millones por mes (…) para 75.308 rentistas”, informó Montenegro.

El párrafo primero del artículo 187 de la Ley 065, denominado Actualización de Rentas del Sistema de Reparto, establece que “las rentas en curso de pago y en curso de adquisición correspondientes a Vejez, Invalidez o Muerte, causadas por Riesgo Común del Sistema de Reparto, continuarán siendo pagadas con recursos del TGN en bolivianos, y recibirán un incremento anual en el pago correspondiente a la renta de enero de cada año”.

En ese sentido, los Rentistas del Sistema de Reparto recibirán el ajuste anual de 2,72% en función a la variación de la UFV, a partir de la planilla del mes de junio, con retroactivo al mes de enero de 2024.

En cuanto a los jubilados del Sistema Integral de Pensiones (SIP), que perciben una Pensión de Vejez o Pensión Solidaria de Vejez y que cuenten con el componente de la Compensación de Cotizaciones Mensual, el ajuste anual del 2,72% en función a la variación de UFV a dicho componente, fue otorgado de forma lineal a partir del mes de enero de la presente gestión, en el marco del Artículo 11 de la Ley N°065 de Pensiones; por lo que a la fecha este sector ya es beneficiado con este incremento.

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