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Luis Arce promulga ley para implementar el TREP en las elecciones generales de 2025

La nueva normativa busca garantizar transparencia y rapidez en la difusión de resultados electorales preliminares antes del conteo oficial.

06/06/2025 16:46

Foto: Presidente Arce promulga ley para implementación del TREP
La Paz

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El presidente Luis Arce promulgó este viernes la Ley que modifica la “Ley No. 026 del 30 de junio de 2010 del Régimen Electoral”, relativa al Sistema de Transmisión y Publicación de Resultados Preliminares (TREP). Esta medida responde a los compromisos asumidos en el Tercer Encuentro Interinstitucional Multipartidario convocado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) en febrero de este año.

“La promulgación de esta norma demuestra nuestro compromiso con la transparencia y la legalidad en el proceso electoral”, sostuvo el mandatario a través de sus redes sociales. Asimismo, hizo un llamado a la Asamblea Legislativa Plurinacional, y en particular al Senado, para que aprueben las leyes pendientes en materia electoral, reafirmando así la voluntad de consolidar un proceso democrático sólido y legítimo.

En su mensaje, el presidente Arce aseguró que el cronograma electoral avanza y se cumple según lo establecido, destacando que las Elecciones Generales del próximo 17 de agosto están plenamente garantizadas.

“El Gobierno coadyuvará desde el ámbito de sus competencias al cronograma electoral definido por el TSE”, concluyó el mandatario, reiterando la importancia de la participación ciudadana y el respeto a la institucionalidad democrática.

La normativa establece entre sus artículos, que se implementará un sistema de transmisión y publicación de resultados electorales preliminares, con acompañamiento de las organizaciones políticas en todas sus fases, que permita proveer en el menor tiempo posible a la ciudadanía, candidaturas, organizaciones políticas y otras, la información de resultados electorales provisorios y no vinculantes previo al cómputo oficial y definitivo.

La transmisión de estos resultados y su publicación tendrán un carácter preliminar, con la única función de informar sobre los resultados parciales de la votación, bajo los principios de seguridad, publicidad y transparencia, confiabilidad, credibilidad y certidumbre.

Una vez concluido el escrutinio electoral, a través de formatos y la aplicación de procedimientos técnicos transparentes y seguros de captura y digitalización, establecidos previamente por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), se realizará la transmisión de resultados preliminares de las distintas mesas escrutadas a un Centro de Datos del Órgano Electoral Plurinacional.

IV. En la jornada electoral, a partir de las tres horas del cierre de la votación el Tribunal Supremo Electoral realizará la publicación de los resultados preliminares de los escrutinios, debiendo realizarlos manera periódica y continua.

Asimismo, establece que los recursos de fortalecimiento democrático para los partidos políticos serán transferidos a la implementación del sistema TREP. “Para las Elecciones Generales 2025, no serán aplicables las previsiones referidas al Fortalecimiento Público, establecidas en la Ley N'’1096 de 31 de agosto de 2018, de Organizaciones Políticas, debiendo asignarse el presupuesto destinado a este propósito a fortalecer los recursos para garantizar la transmisión y publicación de resultados electorales preliminares.

Finalmente, para las Elecciones Generales 2025, el Tribunal Supremo Electoral y los Tribunales Electorales Departamentales podrán contratar directamente la adquisición de bienes, servicios y consultorías individuales de línea y por producto, que considere necesarios, sujetándose únicamente al Reglamento que apruebe el Tribunal Supremo Electoral para tal efecto. El Tribunal Supremo Electoral podrá facultativamente hacer uso del mecanismo de concurso de ofertas establecido por el SICOES sin que ello implique que sus procesos de contratación estén sujetos a las previsiones de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

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