El trámite debe realizarse ante el TED con documentos que respalden la imposibilidad de votar en las elecciones subnacionales.
24/03/2026 6:55
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó que las personas que no emitieron su voto en las Elecciones Subnacionales 2026 pueden tramitar el certificado de exención de sufragio dentro de los 30 días posteriores a la jornada electoral.
El trámite debe realizarse ante el Tribunal Electoral Departamental (TED) correspondiente, conforme a lo establecido en la Ley del Régimen Electoral N.º 026.
¿Quiénes pueden solicitar el certificado?
La normativa, en sus artículos 145 y 154, señala que este documento se otorga a ciudadanos que no pudieron votar por causas de fuerza mayor o caso fortuito.
Entre las principales causales se encuentran:
Enfermedad o accidentes
Viajes o ausencia del lugar de votación
Obligaciones laborales
Emergencias imprevistas
También aplica para personas con discapacidad motora grave, ciudadanos con detención domiciliaria o quienes se encontraban fuera del país.
Requisitos para el trámite
Las solicitudes deben presentarse con documentación de respaldo, según el caso. Entre los documentos válidos están:
Certificados médicos
Memorandos o constancias laborales
Contratos de servicios
Certificados de discapacidad
Pasajes de viaje u otros comprobantes
El TSE recordó que estos requisitos son necesarios para acreditar la imposibilidad de asistir a votar.
Dónde realizar el trámite
El certificado debe gestionarse en las oficinas de los Tribunales Electorales Departamentales, cuyas direcciones varían según cada región.
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