Según la normativa no percibirán la renta dignidad quienes tengan una remuneración contemplada en el Presupuesto General del Estado o en el Sector Privado.
04/02/2025 9:08
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El senador Luis Adolfo Flores (MAS) presentó una acción de Inconstitucionalidad Abstracta contra la Disposición Adicional 5º de la Ley Nº 1613 de Presupuesto General del Estado (PGE-2025), porque considera que vulnera los principios de Universalidad y Progresividad de Derechos sociales Adquiridos, al advertir que 14.000 adultos mayores no recibirán su renta dignidad.
“Esta última acción de inconstitucionalidad es social, porque se restringe a 14.000 adultos mayores promedios que se le va a quitar los 350 bolivianos (de la renta dignidad). Todo derecho universal humano es progresivo, es ascendente a mejorarlo. En derecho no puede haber extinción, no se puede ir hacia atrás, ningún estado puede retroceder en los derechos adquiridos de las personas”, manifestó el senador.
La disposición quinta del Presupuesto General del Estado establece en su nueva redacción:
"Artículo 3. (Beneficiarios de la Renta Universal de Vejez). La Renta Universal de Vejez es la prestación vitalicia, de carácter no Contributivo que el Estado Boliviano otorgará a:
a) Los bolivianos y las bolivianas residentes en el país mayores de 60 (sesenta) años de edad, a excepción de:
1. Los trabajadores dependientes que perciban una remuneración contemplada en el Presupuesto General del Estado o del Sector Privado;
2. Los accionistas, socios y/o directores de Sociedades Comerciales, que cuenten con el Registro de Comercio;
3. Los bolivianos y las bolivianas que perciban la Fracción Complementaria pagada con recursos del Tesoro General de la Nación.
b) Los bolivianos y bolivianas que perciban una Renta o Pensión de la Seguridad Social de Largo Plazo.
c) A los titulares y los derechohabientes a los Gastos Funerales. "
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