La disposición se enmarca en el artículo 154 de la Ley 026 del Régimen Electoral y establece que el documento será obligatorio durante 90 días posteriores a la votación.
23/03/2026 13:07
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Las entidades financieras en el país comenzaron este lunes 23 de marzo a exigir el certificado de sufragio para realizar trámites y transacciones, tras las elecciones subnacionales realizadas el domingo.
El certificado acredita que el ciudadano cumplió con su deber de votar y el único válido es el entregado por los jurados de mesa. También será requerido para tramitar el pasaporte, junto al certificado de impedimento en caso de no haber votado, emitido por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP).
Las personas que no acudieron a votar tienen un plazo de 30 días para gestionar el certificado de impedimento en los tribunales electorales departamentales, presentando su cédula de identidad y documentos que justifiquen su inasistencia, como enfermedad, viaje o fuerza mayor.
De no cumplir con este requisito, la normativa prevé restricciones en servicios financieros, limitaciones para acceder a cargos públicos y la imposibilidad de tramitar el pasaporte durante el tiempo establecido.
Las autoridades recomendaron a la ciudadanía portar el certificado de sufragio para evitar inconvenientes en sus gestiones durante los próximos tres meses.
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