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Magistrado cuestiona que paridad en binomio rija recién en 2030

Boris Arias indicó que no estuvo a favor de la sentencia, criticó que la decisión no se aplicara de inmediato y lamentó la falta de claridad en las reglas para futuras elecciones.

11/08/2025 22:40

Magistrado explica decisión del TCP de paridad de género en binomios presidenciales y observa "vacíos"
Bolivia

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La Sentencia Constitucional del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que establece la paridad de género en todas las candidaturas —incluido el binomio presidencial—, se aplicará a partir de las elecciones de 2030. Sin embargo, la decisión generó controversia dentro del mismo tribunal.

El magistrado disidente, Boris Arias, cuestionó que la medida no se aplicara de inmediato y lamentó la falta de claridad en las reglas para futuros procesos electorales.

"La sentencia 40 del año 2025 declara la inconstitucionalidad de la convocatoria del Tribunal Supremo Electoral (TSE) a las elecciones y también del artículo 11 de la Ley 026, porque no prevé que, dentro del Órgano Ejecutivo, exista paridad, bajo el mandato constitucional que establece que debe existir participación paritaria en el acceso al poder de varones y mujeres. Es una demanda de inconstitucionalidad por omisión", explicó Arias.

Indicó que la resolución fue respaldada por la mayoría de magistrados, pero que él no la firmó, presentando su voto disidente.

"Pienso que dentro de la sentencia, tendría que haberse hecho algunas precisiones. En el proceso de elecciones judiciales, la sentencia 60 del año 2023, decía que la convocatoria no podía hacerse con una resolución, sino con una ley aprobada en la Asamblea. En el actual caso, se dijo que una resolución del TSE es una norma jurídica y solo puede ser impugnada por una acción de inconstitucionalidad. Es un poco confuso y hay cierto tipo de contradicciones", apuntó.

Arias sostuvo que el TCP "debería haber uniformado criterios" para que las elecciones subnacionales de 2026 tengan reglas claras.

"La sentencia dice que la Constitución ordena que en todos los órganos del poder, incluido el Ejecutivo, haya representación de varones y mujeres. Por lo tanto, tendría que aplicarse de manera directa, pero, por otro lado, señala que se necesita una reglamentación para aplicarla. Es decir, se requiere una ley para cumplir la Constitución. Me parece que pudo aplicarse de forma directa", afirmó.

El magistrado recordó que el artículo 26 de la Constitución establece la participación equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres, pero no especifica el caso del binomio presidencial. "Lo que se ha hecho es interpretar el texto constitucional y entender que debe existir esa paridad", apuntó.

"El problema es depender de una sentencia y del criterio de los magistrados. Lo ideal sería una norma jurídica que deje reglas claras para todos los actores políticos y el electorado. La sentencia no ha sido lo suficientemente precisa y no hay certidumbre sobre las elecciones subnacionales", advirtió.

En ese sentido, dijo que cuando haya un cambio de magistrados, podrían modificar la sentencia y decidir que no se aplicará, haciendo referencia a las decisiones tomadas en las elecciones judiciales del año pasado y las elecciones generales de esta gestión.

"Si el TCP entendió que debería haber binomio con paridad, según la Constitución. El miércoles vence el plazo para sustitución de candidaturas. Sin paralizar ni modificar el calendario electoral, pudo haber dicho que se adecue el accionar de los postulantes al texto constitucional. Estábamos en plazo", argumentó. A la vez, aseveró que no deberían emitirse sentencias cerca del final del proceso electoral.

 

 

 

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