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¿Pueden notificarte judicialmente por WhatsApp en Bolivia?

¿Pueden notificarte judicialmente por WhatsApp en Bolivia? Conoce los antecedentes desde la mirada de expertos en Derecho.

Bolivia

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La tecnología avanza constantemente y las ciencias jurídicas buscan adecuarse a las nuevas formas de comunicación en las redes sociales como WhatsApp u otras. Pero ¿estas vías para notificar sobre un acto procesal son legales y reconocidas en Bolivia?

William Llanos, docente de la carrera de Derecho en la Universidad Franz Tamayo, Unifranz, explica que las notificaciones digitales están vigentes y, por ejemplo, a través de WhatsApp son “totalmente válidas, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos”.

Para el jurista, el derecho avanzó a “una velocidad muy lenta”, en comparación con las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC).

Los primeros antecedentes se dieron en 2002, pero de forma interna para los administradores de justicia. “Ese año ya se establecen notificaciones electrónicas por correo, fax y otras tecnologías similares, pero esto estaba orientado al ámbito administrativo”.

En 2018, la Ley 1080 de Ciudadanía Digital sienta las bases para las notificaciones por vía electrónica, a través del sistema de Ciudadanía Digital.

Pandemia

“Desde el periodo de la pandemia, hemos tenido que profundizar el uso de las TIC en el ámbito del derecho. Y tenemos el antecedente de la Sentencia Constitucional 0325/2018-S2 que señala y hace referencia a otras sentencias constitucionales también, que claramente la notificación por WhatsApp es totalmente válida”, apunta. 

Estas notificaciones se introdujeron para reducir tiempos por a distancia y el cumpliento de plazos, debido a las limitaciones que dejaron el periodo de la pandemia y post pandemia. “Ahora es un procedimiento común para llevar a cabo este tipo de actuaciones judiciales”.

“Muchas instituciones, inclusive estatales, continúan haciendo modificaciones a sus reglamentos y están incluyendo dentro la notificación de cualquier índole a través del WhatsApp como una notificación válida”.

Según Llanos, “prácticamente” cualquier actuación jurídica podría notificarse por los medios electrónicos. 

“Dentro de las regulaciones que se han establecido a partir de estas disposiciones generales, tenemos los instructivos del Órgano Judicial que señala cuáles tienen que ser los requisitos y los mecanismos. Cuando se presenta un primer memorial en cualquier tipo de causa, se establece ahora por norma que se debe declarar el correo electrónico y el número de WhatsApp, precisamente en esa previsión de una notificación de tipo electrónico”, detalla.

Jurisprudencia

La Constitución Política del Estado (CPE) garantiza el desarrollo de la ciencia y la tecnología, y promueve la incorporación de nuevas tecnologías de información y comunicación (TIC) en la gestión estatal. 

A nivel judicial, la Ley 1173 y otros cuerpos legales se enfocan en optimizar la gestión de los juzgados, impulsando el uso de herramientas electrónicas, como las notificaciones digitales, para mejorar la eficiencia y celeridad de los procesos judiciales.

La Ley 1080, sobre la Ciudadanía Digital, establece condiciones para el acceso a los derechos y deberes a través de las TIC, permitiendo la interacción digital entre ciudadanos y entidades públicas y privadas. 

La Ley 164 regula las telecomunicaciones y el acceso a servicios de TIC. Esta ley pone especial énfasis en garantizar la equidad en el acceso a tecnologías de información y comunicación, priorizando su uso en la gestión pública para mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos.

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